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Mostrando las entradas de octubre, 2019

nacionalidad como atributo de la personalidad

https://www.refworld.org/pdfid/53070ec74.pdf https://id.presidencia.gov.co/Paginas/prensa/2019/190805-Estado-colombiano-nacionalidad-ninos-nacidos-Colombia-hijos-migrantes-venezolanos-proteger-sus-derechos.aspx https://www.oas.org/es/cidh/multimedia/2016/RepublicaDominicana/republica-dominicana.html Nacionalidad   La nacionalidad es el vínculo jurídico, político y anímico entre una persona y un Estado. La regulación de la nacionalidad compete a la legislación interna de cada Estado, por ende, las condiciones de su adquisición, ejercicio y pérdida están determinadas en el ordenamiento jurídico de cada Estado.   La calidad de nacional colombiano no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad. (Artículo 96 Constitución Política y Artículo 22 de la Ley 43 de 1993).   El ciudadano colombiano que posea otra nacionalidad, se someterá en el territorio nacional, a la Constitución Política y a las leyes de la República. En consecuencia, su ingreso y permanencia en el terri

EL DOMICILIO ATRIBUTO DE LA PERSONALIDAD

El domicilio es un atributo de la personalidad que tiene por objeto vincular a una persona con el lugar donde habitualmente tiene sus principales intereses familiares y económicos, es decir, lo que la doctrina ha denominado como el “asiento jurídico de una persona”, sin que sea dable confundirlo con la residencia o habitación, aunque en ciertos casos se use como sinónimo de ésta, tal cual lo entendían primigeniamente los juristas romanos o desprevenidamente se utiliza actualmente en los artículos 28 y 32 de la Constitución Nacional. por su naturaleza inmaterial y pertenecer al fuero interno de la persona, se acredita a través de las presunciones previstas por el legislador. Esta definición, complementada con lo prescrito en los artículos 77 y 78 ibídem, comporta una relación jurídica entre una persona y determinada circunscripción territorial municipal o distrital, de manera que, desde esta perspectiva, los términos vecindad y domicilio civil son sinónimos. Así lo expuso la Corte,

EL NOMBRE COMO ATRIBUTO DE LA PERSONALIDAD

https://youtu.be/WQ5g1DtjVdQ 4.3 EL NOMBRE https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%202129%20DEL%204%20DE%20AGOSTO%20DE%202021.pdf https://www.wradio.com.co/noticias/actualidad/ni-warnerbro-ni-satanas-registradores-podran-negar-nombres-que-generen-burla/20210918/nota/4165674.aspx El  nombre  es uno de los atributos de la personalidad del que más se puede hablar, ya que está compuesto de tres elementos, y cada uno de ellos merece una definición y unas normas específicas que lo regule.  Como se puede apreciar fácilmente, el nombre está compuesto de tres elementos: el  nombre  de pila, o  Praenomen , el  apellido,  o  Nomen , y finalmente el  seudónimo .  Sobre el nombre, pueden plantearse varias preguntas interesantes de responder; por ejemplo: ¿puede una persona cambiar el nombre de pila? ¿Puede una persona cambiarse el nombre de pila por el de un equipo de fútbol? ¿Puede modificarse el apellido? ¿Puede modificarse el seudónimo?  Estas preguntas tratarán de ser respond

Atributo de la personalidad (el patrimonio)

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4.2 EL PATRIMONIO El patrimonio hace parte del segundo y último libro en el que se divide el código civil; recordemos que este código se divide en 4 libros: ( Personas ,  Bienes ,  Sucesiones , y finalmente  Obligaciones y contratos ) .    Por tanto, se profundizará con mayor acierto en el segundo libro, que habla sobre los bienes, y por deducción los bienes son  patrimonio  de alguien, y también, se profundizará en el último libro, que trata sobre las obligaciones y los contratos, pero en este caso, se tocará el tema tangencial-mente por tratarse, el  patrimonio ,  de uno de los 6 atributos de la personalidad, sin entrar en detalles sobre los otros libros mencionados. El patrimonio  es el conjunto de activos y pasivos que se encuentran radicados en cabeza de una persona.  Para Alessandri, Citado por Gómez, el patrimonio, tradicionalmente ha sido definido como “el conjunto de derechos y obligaciones de una persona valuables en dinero” (Gómez, p. 58). En la actualidad, existe el debate