PARENTESCO

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El parentesco es el vínculo existente entre personas que pertenecen a la misma familia.
Conviene conocer su significado desde el punto de vista jurídico, puesto que el grado de parentesco resulta determinante a la hora de heredar, cobrar prestaciones sociales, indemnizaciones por accidente, etc.
El parentesco de una persona respecto de otra se determina por el número de generaciones que las separan. Cada generación es un grado.
La sucesión de grados forma la «línea de sucesión».
La línea de sucesión puede ser recta o directa, formada por personas que ascienden o descienden unas de otras (abuelos, padres, hijos, nietos), o colateral, formada por personas que proceden de un mismo tronco común (hermanos, tíos, sobrinos).
La línea puede ser también descendiente, liga a una persona con aquellas que descienden de él (abuelos, padres, hijos, nietos) o ascendente, liga a una persona con aquellos de los que desciende (nietos, padres, abuelos).
El cómputo de los grados de parentesco se realiza de forma distinta según la línea de sucesión:
  • En la línea recta o directa: Los grados se cuentan subiendo hasta el ascendiente o descendiente común dependiendo de si la línea es ascendente o descendente. Así, en línea ascendente, el hijo dista un grado del padre, dos del abuelo y tres del bisabuelo; en la línea descendente, el abuelo dista un grado del padre, dos del nieto y tres del biznieto.
  • El la línea colateral: Los grados se cuentan subiendo en primer lugar hasta el tronco común (como en la línea recta) y, en segundo lugar, descendiendo hasta la persona respecto de la que se pretenda establecer el grado de parentesco. Así, el hermano dista dos grados del hermano (el primer grado sería el padre en línea recta que constituiría el tronco común, y el segundo sería el hermano que, como hijo, dista del padre otro grado), tres del tío (el primer grado sería el padre, el segundo el abuelo y el tercero el hijo del abuelo, esto es, el tío), cuatro del primo (el primero sería el padre, el segundo el abuelo, el tercero el tío y el cuarto el primo).
También debe distinguirse entre el parentesco por consanguinidad y el parentesco por afinidad. El primero se da respecto de la propia familia, y el segundo respecto de la familia del cónyuge, computándose los grados de la misma forma.

El parentesco se refiere a los vínculos existentes entre miembros de la misma familia. Estos vínculos se organizan en líneas y se miden en grados de parentesco.

    Las LÍNEAS DE PARENTESCO pueden ser por:

- Consanguinidad: parentesco existentes respecto de la propia familia. Vínculos que existen entre los descendientes y ascendientes de un progenitor en común (ejemplo: Bisabuelos, abuelos, padres, hijos, nietos, biznietos...)

- Afinidad: Parentesco que  se forman a través del matrimonio. Vínculos que cada cónyuge adquiere con los parientes consanguíneos del otro (ejemplo: Suegros, yernos/nueras, cuñados, ...)

- Adopción: Vínculos entre el adoptado y los padres adoptivos y sus parientes consanguíneos.

    GRADOS DE PARENTESCO: Cada grado es una generación y la sucesión grados forma la línea de sucesión. Los grados se pueden medir en línea recta (ascendente o descendente) o colateral.

- En línea recta o directa: cada generación cuenta como un grado. La línea recta puede ser ascendente o descendente.

    Ejemplo: Ente el padre y el hijo hay un grado de separación. Entre el abuelo y el nieto hay dos grados de separación (si contamos las generaciones observamos que del abuelo al padre hay una generación y del padre al nieto (su hijo) otra generación, en total dos generaciones, por lo tanto está en el segundo grado de parentesco).

- En línea colateral: Los grados entre parientes cuentan por generaciones en línea ascendente desde el primer pariente hasta el tronco común y después se sigue contando por línea descendente hasta llegar al otro pariente.

    Ejemplo: Entre el hermano y la hermana hay dos grados de separación: el primer grado sería el padre, que sería el tronco común, y el segundo grado sería del padre a la hermana.

               

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