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Mostrando las entradas de mayo, 2020

IRRECTROACTIVIDAD, RETROACTIVIDAD, ULTRAACTIVIDAD

Uno de los principios más elementales que rigen la aplicación de la ley y a un estado de derecho,  es la  irretroactividad de las normas que se expidan El principio de irretroactividad de la ley  significa que esta no debe tener efectos hacia atrás en el tiempo; sus efectos solo operan después de la fecha de su promulgación, lo que brinda seguridad jurídica. n  Derecho penal  rige el principio de irretroactividad, 2 ​ que busca proteger a los ciudadanos de que se les pueda  sancionar   a posteriori  por un acto que cuando fue realizado no estaba prohibido. 3 ​ 4 ​ También se aplica el principio de irretroactividad cuando, durante el proceso se dicta una ley más gravosa para el imputado en cuyo caso la ley derogada mantiene su vigencia por ser más benigna. A esto último se lo denomina ultractividad de la ley penal. 5 ​ Dicha irretroactividad, sin embargo, no es absoluta, ya que sólo afecta a aquellas normas que perjudiquen al imputado, acusado o condenado, pero no a aquellas que

RAMAS DEL DERECHO

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Las ramas del Derecho 4 de abril de 2008   Publicado por Hilda La gran división tradicional del derecho distingue entre el Derecho Público y el Derecho Privado, conocida ya desde el antiguo Derecho Romano. Según la definición de Ulpiano, contenida en el Digesto de Justiniano, el Derecho Público hace referencia “al estado de la cosa pública de Roma”, mientras que el Derecho Privado, se refiere “al interés de los particulares”. O sea, que el primero hacía referencia a la estructura y organización estatal, y a las relaciones del estado con los particulares, cuando ejerce su acción investido de imperium, o sea en un plano de jerarquía superior, por ejemplo, cuando impone un impuesto. En el derecho Público las partes de la relación no están en plano de igualdad. O sea, una de ellas está subordinada al poder de la otra. Por ejemplo, cuando el estado en ejercicio de la función pública integra la relación. En el derecho laboral, se considera que el empleador posee la autoridad nece

derecho objetivo y derecho subjetivo

Derecho objetivo y derecho Subjetivo El  concepto   de derecho  tiene dos significados diferentes que es menester precisar: el punto  de vista  objetivo y el punto  de vista  subjetivo. Si lo contemplamos como un  ordenamiento  social destinado a regular la conducta humana, advertimos de inmediato que el  derecho  esta formado por un cúmulo de normas, es decir, de reglas impuestas a la actividad de los hombres, y a las cuales deben estos someterse. Si, por el contrario, lo contemplamos desde el fuero interno de cada uno, nos vemos en  posesión   de derecho s que podemos hacer valer frente a los demás, o sea que el hombre tiene  facultades  para obrar y conducirse en determinados sentidos dentro de una cierta esfera. En el primer caso del  derecho objetivo  es ese conjunto de normas (leyes,  costumbre s,  resoluciones judiciales  y  precepto s doctrinarios). En el segundo. El  derecho subjetivo  consiste en las  facultades  que tienen las personas para actuar en la vida jurídi